CONOCE LOS BENEFICIOS DE REDUCCIÓN DEL RIESGO EN TUS PÓLIZAS CONTRATADAS
“La reducción de la prima es en virtud de la disminución del riesgo por el período de aislamiento preventivo obligatorio y no tendrá ningún impacto negativo respecto de las coberturas”.
La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) emitió instrucciones a través de la Circular Externa 021 de 2020 para que las empresas aseguradoras establezcan políticas y metodologías internas que beneficien a las personas aseguradas, a través de la disminución del riesgo asumido en productos de seguros contratados.
Esta circular es aplicable a todos los seguros en los que evidencie una disminución del riesgo asegurado con ocasión del aislamiento preventivo obligatorio, exceptuando a los seguros de vida y al Soat.
De acuerdo a la ‘SuperFinanciera’ las entidades aseguradoras deberán establecer una serie de alternativas para reconocer a los consumidores financieros este beneficio determinado como la diferencia que existe entre el valor total de la prima inicialmente pactada y la disminución del riesgo en las pólizas de seguros, sin que afecte la cobertura del producto adquirido.
“La reducción de la prima es en virtud de la disminución del riesgo por el período de aislamiento preventivo obligatorio y no tendrá ningún impacto negativo respecto de las coberturas”. Adicionalmente las compañías aseguradoras deberán comunicar a través de los canales, y procedimientos estas instrucciones emitidas en un plazo máximo de quince días hábiles siguientes después de emitida esta circular.
Aquellas inconformidades que puedan ser generadas después de la aplicación, podrán ser presentadas directamente ante la entidad aseguradora o su respectivo defensor del consumidor financiero y deberán ser tramitadas en un término no mayor a cinco días hábiles contados desde la fecha de su recepción.